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| Moll |
| Alegatos
del Jury a Moll | Sentencia
del Jury a Moll |
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Por unanimidad el Jury destituyó
al fiscal Moll |
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| 13/11/2008 |
| El Jurado de Enjuiciamiento
integrado por Domingo Carbonetti, Miguel Nicolás,
Dra. María Esther Cafure de Battistelli, Walter
Saieg y Rodrigo Serna resolvió por unanimidad destituir
a Raúl Horacio Moll por la causal de mal desempeño. |
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| El
Tribunal de Jury destituyó ayer, por mal desempeño
de sus funciones, al Fiscal de Instrucción de la
ciudad de Corral de Bustos, Dr. Raúl Moll, según
arts. 154 de la Constitución Provincial y 2 , inciso
1 de la ley 7956, texto según ley 9026. El Jurado
de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Poder
Judicial de la provincia de Córdoba estuvo presidido
en la oportunidad por la Dra. Maria Esther Cafure de Battistelli
e integrado por los vocales Walter Saieg, Domingo Carbonetti,
Miguel Nicolás y Rodrigo Serna. Tras un extenso
análisis de las pruebas presentadas por la acusación
– a cargo del titular del Ministerio Público,
Dr. Darío Vezzaro- y de los alegatos argumentados
por la defensa, el alto tribunal resolvió por unanimidad:
1- Rechazar las nulidades planteadas por la defensa de
Horacio Raúl Moll, Dr. Alejandro Severín.
2- Destituir al Dr. Raúl Horacio Moll del cargo
de Fiscal de Instrucción Múltiple de la
Tercera Circunscripción Judicial con asiento en
la localidad de Corral de Bustos, por encontrarlo incurso
en la causal de mal desempeño, imponiéndole
las costas del proceso. 3- Comunicar los resuelto con
copia al Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Tribunal
Superior de Justicia y Consejo de la Magistratura. 4-
Pasar los antecedentes al Tribunal de Disciplina del Colegio
de Abogados en relación al abandono de la defensa,
por parte del Dr. Alejandro Severín en el curso
de la audiencia. “Mal desempeño”: ¿
Por què ? La lectura de la sentencia que culminó
con la destitución del Dr. Moll comienza con una
ajustada síntesis de los hechos que finalmente
permitieron probar la inconducta del magistrado sometido
al proceso de juicio político. El alto cuerpo establece
que la denuncia se formula por una reiteración
de inconductas funcionales sostenidas en el tiempo que
incluye desde 2004 hasta marzo de 2007, que se detallan
a continuación y en forma textual: “Raúl
Horacio Moll en un reiterado apartamiento de los deberes
exigibles para el correcto y fiel desempeño de
las funciones del cargo de Fiscal de Instrucción
Múltiple de Corral de Bustos, en contrariedad con
la mayor dedicación horaria y obligación
de permanecer en la sede salvo autorización en
los casos y formas previstas por las normas se limitaba
a cumplir sus funciones en escasas horas diarias y algunos
fines de semana, descargando hacia el personal las máximas
responsabilidades de tiempo y esfuerzos, produciéndose
inconvenientes y demoras para la normal prestación
del servicio de justicia” “ La declinación
de sus funciones se objetiva en la escasa productividad
relacionada con la comparación de las causas resueltas
con las no resueltas, en tanto éstas alcanzaban
desde 2004 a 2006 significativas cantidades conforme se
ha consignado hasta totalizar 292 causas ( obrando en
detalle las carátulas de cada una en los anexos
de la inspección de la Fiscalía General
Adjunta).” “Asimismo en ese cúmulo
de casos no resueltos se encontraban denuncias y causas
a las que debía aplicar prioridad de tratamiento
conforme a las disposiciones vigentes, tales como denuncias
relativas a personal policial y otros funcionarios públicos,
abusos sexuales en contra de víctimas vulnerables,
violencia familiar y actuaciones con querellante particular
y a las que – sin embargo- les asignó nula
o escasa actividad funcional”. “ Producidos
los trágicos sucesos que culminaron con la destrucción
de la sede de Corral de Bustos, en lugar de permanecer
en funciones en el emplazamiento transitorio forzosamente
dispuesto ( Marcos Juárez ), contrariando una prohibición
expresa de tomar la compensación de feria en enero
de 2007 y aprovechando indebidamente una licencia por
salud, se ausentó subrepticiamente de vacaciones”.
Es así que “ POR SU SINGULAR GRAVEDAD EN
RELACION A LA INFRACCION A LOS DEBERES ETICOS Y LEGALES
QUE SE RELACIONAN CON LA BUENA CONDUCTA Y SU APTITUD PARA
AFECTAR LA CREDIBILIDAD Y CONFIANZA EN EL PODER JUDICIAL,
ENCUADRA TAL IRREGULAR Y SOSTENIDO PROCEDER EN LA CAUSAL
DE MAL DESEMPEÑO ( FALTA GRAVE ) PREVISTA COMO
CAUSAL DE DESTITUCION”. La sentencia dada a conocer
en la víspera, luego de un proceso que llevó
un tiempo considerable dada la importancia del caso y
durante el cual se tomaron declaraciones a nueve testigos
presentados por la acusación, analiza pormenorizando
las conclusiones del Fiscal General y del abogado defensor
del Dr. Moll, ratificando en todos y cada uno de los considerandos
, la cuestión medular de la materia enjuiciada.
Y que es la siguiente: “ ES QUE, LA FALTA DE LA
DEBIDA DILIGENCIA EN EL CUMPLIMIENTO DE SU FUNCION, MINO
LA BASE MISMA DE LA AUTORIDAD DEL FISCAL DE INSTRUCCIÓN,
QUE ES LA CONFIANZA Y LA CREDIBILIDAD QUE DEBIA INSPIRAR
EN LA SOCIEDAD DE CORRAL DE BUSTOS, EN EL PODER JUDICIAL
Y EN LOS OTROS ORGANOS DEL ESTADO”. Por más
información, ver texto completo de la sentencia
y versión taquigráfica |
| Roco Colazo |
| Acusación
a Roco Colazo | Sentencia de Roco
Colazo |
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Por unanimidad del Jury destituyó
a Roco Colazo |
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| 30/12/2008 |
| El Jurado de Enjuiciamiento
de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial resolvió
ayer, por unanimidad, desituir al Dr Juan Manuel Roco
Colazo del cargo de Fiscal de Instrucción de la
localidad de Huinca Renancó, por mal desempeño. |
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| El Jurado de Enjuiciamiento integrado por Domingo Carbonetti,
Miguel Nicolás, la Dra. Aída Tarditti, Walter
Saieg y Rodrigo Serna dictó sentencia ayer en el
marco del Jury que se llevó a cabo contra el Dr.
Juan Manuel Roco Colazo. En la resolución, los
miembros del Jurado rechazaron la nulidad planteada por
la defensa y destituyeron a Roco Colazo del cargo de Fiscal
de Instrucción Múltiple de la localidad
de Huinca Renancó por la causal de mal desempeño. |
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